logo
Acceso MI UNA
Registrarse
D2619

DIPLOMATURA en
DOCUMENTACIÓN ELECTRÓNICA
con Aplicación de Firma Digital

Delegación Azul
Abril a Noviembre de 2019

DIRECTOR
Néstor Daniel LAMBER

CUERPO DOCENTE CONVOCADO (a confirmar)

Nancy BORKA; Sebastián J. COSOLA; Franco di CASTELNUOVO; Santiago FALBO; Néstor D. LAMBER; Esteban OTERO; Marcelo PEREZ COSENTINO; Daniel REMONDEGUI; Pilar RODRIGUEZ ACQUARONE; Carlos Agustín SAENZ; Karina SALIERNO y Walter SCHMIDT.

SEDE
Se desarrollará en la delegación Azul, Av. 25 de Mayo Nº 545, Tel: (2281) 432998, azul@colescba.org.ar

INICIO
10 de Abril

DÍAS Y HORARIOS:

El temario anunciado se organizará en 8 módulos de 8 horas de duración cada uno a razón de una reunión mensual entre abril y noviembre. Las clases se dictarán en días miércoles de 9 a 13 y de 14 a 18. Las clases están previstas en las siguientes fechas:

ABRIL 10
MAYO 8
JUNIO 12
JULIO 3
AGOSTO 7
SEPTIEMBRE 11
OCTUBRE 23
NOVIEMBRE 13

VACANTES LIMITADAS

CERTIFICACIONES:
Conforme lo establecido en el Reglamento de Diplomaturas

VER REGLAMENTO

TEMARIO

NOTA: El cronograma anunciado podrá sufrir alteraciones, se sugiere a los interesados en módulos específicos confirmar su dictado en las fechas indicadas con quince días de antelación.

MODULO I

MODULO I

DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Y CON APLICACIÓN DE FIRMA DIGITAL

Documento electrónico y digital. Distinción. Principio de equivalencia funcional con los soportes tradicionales. Características del documento electrónico: inmutabilidad. Firma electrónica y digital en la ley 25506 y Dec. 2628/02: estructura de la firma digital (Disp. 6/2007 de la Jefatura de Gabinete). Encriptamiento: sistemas simétricos y asimétricos. Carácter del documento electrónico y digital en la calificación de instrumentos públicos, privados y particulares del Código Civil y Comercial de la Nación. Autoría y su presunción: calificación del discernimiento de la persona. Fecha cierta y time stamping. Carga de la prueba y su inversión. Valor probatorio y fuerza ejecutoria. Distinción de la seguridad informática y la seguridad jurídica: el aporte de la labor notarial a la problemática jurídica generada por la digitalización: privación de defensa en juicio por dispersión de la jurisdicción internacional, falta de anclaje territorial, evasión del juez natural, certeza de los datos (actos o hechos) capturados en el archivo digital, la protección de los derechos del consumidor y de la privacidad de los datos personales y sensibles. Autoridad certificante digital nacional y extranjera: validez y eficacia para su consideración de firma digital legalmente hábil para la creación del certificado digital (documento).

ACTUACIÓN NOTARIAL RELATIVA AL COMERCIO ELECTRÓNICO

Contratos informáticos e inteligentes: plataformas de autoejecución de prestaciones estandarizadas y garantías autoliquidables (arts. 1810 y concs CCyCN). Contratos a distancia y bancarios: la falta de intermediación humana presencial. Inteligencia artificial. Derechos del consumidor, condiciones generales y por adhesión. La sustitución del sujeto por la cuenta en la contratación como centro de imputación financiera. Derecho aplicable

CERTIFICACION DE COPIAS IMPRIMIBLES DE DOCUMENTOS ELECTRONICOS Y ACTAS NOTARIALES

Posibilidad de certificación notarial de copias imprimibles de documentos electrónicos (art. 171 inc. a) ley 9020): Resolución del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de Provincia de Buenos Aires año 2012, Disposiciones 131/2017 DPPJ y 6/2017 IGJ. Extensión de la interpretación a todos los documentos electrónicos administrativos. Certificación de copias imprimibles de documentos privados en soporte electrónico. La constatación de hechos o actos en las nuevas tecnologías de comunicación y documentos electrónicos por actas notariales. Correos electrónicos u otras tecnologías de comunicación en aparatos provistos por el empleador: posturas nacionales y en el derecho comparado, jurisprudencia laboral, posibilidades y recomendaciones al requirente. La constatación de archivos a través de correos electrónicos, whatsapp, twiter, instragram, etc. en general: la cuestión del art. 318 CCyCN. La constatación de hechos valiéndose de medios tecnológicos (drones) que potencian y superan la percepción directa por los sentidos del notario: modalidades, constatación y previsiones para su uso.

MÓDULO II

CERTIFICACION DE COPIAS IMPRIMIBLES DE DOCUMENTOS ELECTRONICOS Y ACTAS NOTARIALES

Posibilidad de certificación notarial de copias imprimibles de documentos electrónicos (art. 171 inc. a) ley 9020): Resolución del Consejo Directivo del Colegio de Escribanos de Provincia de Buenos Aires año 2012, Disposiciones 131/2017 DPPJ y 6/2017 IGJ. Extensión de la interpretación a todos los documentos electrónicos administrativos. Certificación de copias imprimibles de documentos privados en soporte electrónico. La constatación de hechos o actos en las nuevas tecnologías de comunicación y documentos electrónicos por actas notariales. Correos electrónicos u otras tecnologías de comunicación en aparatos provistos por el empleador: posturas nacionales y en el derecho comparado, jurisprudencia laboral, posibilidades y recomendaciones al requirente. La constatación de archivos a través de correos electrónicos, whatsapp, twiter, instragram, etc. en general: la cuestión del art. 318 CCyCN. La constatación de hechos valiéndose de medios tecnológicos (drones) que potencian y superan la percepción directa por los sentidos del notario: modalidades, constatación y previsiones para su uso.

LA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLICADAS (SAS) DE LA LEY 27349 Y SU DOCUMENTACIÓN DIGITAL

Nuevo tipo societario. Caracteres tipificantes. Comparación con la sociedad anónima y la de responsabilidad limitada. Libertad y simplificación de gestión y administración: capital y participación. Tipo de aportes. Constitución por escritura pública: testimonios y poderes con firma digital del notario y certificado de validación por el colegio de escribanos; por instrumento privado con certificación de firma por notario que digitaliza con aplicación de su firma digital, por instrumentos privado con firma digital de las partes. Conflicto con la norma reglamentaria cuando sólo exige la digital de un solo socio: el notario que recibe tal documentación y su calificación. Actas y libros electrónicos, la firma digital para su validez. Actas digitales volantes. Verificación en sitio web y con firmadores digitales. Certificación de copias digitales y en soporte papel. Agregación de copia certificada al protocolo en los términos del art. 307 CCyCN.

MÓDULO III

DOCUMENTO PÚBLICO DIGITAL

Documento público digital: Autor en ejercicio de la función pública. Facción documental: secuencia verificación-interpretación-confección. La inalterabilidad de la función pública del notario ante el uso de nuevos medios tecnológicos de archivos. La audiencia notarial: acreditaciones con respecto al sujeto: individualización, discernimiento e intención, actuación por sí, en interés ajeno o en representación, calificación del carácter de la intervención. Fehaciencia de lugar y fecha. Firma de los intervinientes. Actividades previas a la audiencia acreditadas o relacionadas en ella según la naturaleza del acto o hecho jurídico objeto de la misma: certificaciones, informes, transcripciones de expedientes judiciales o administrativos, entre otras. La certeza y fuerza probatoria de la audiencia documentada. Principio de ejecución del documento público. Certificación de hechos en actas protocolares y extraprotocolares.

DOCUMENTOS DIGITALES PARA LA ACTUACIÓN PRE ESCRITURARIA DEL NOTARIO. DOCUMENTOS HABILITANTES

Labores preescriturarias: La relación, a través de las nuevas tecnologías, del notario con la administración pública y el poder judicial. Certificados o informes registrales digitales: solicitud con firma digital y la reserva de retroprioridad. Modos de expedición y su verificación. Otras atestaciones o comprobaciones previas en documentos electrónicos (v.g., constancia de CUIT, verificaciones de AFIP, etc.) con la consulta a páginas oficiales: actos administrativos. Expedientes judiciales electrónicos: Justicia Nacional y Provincial: tracto abreviado de procesos sucesorios. Leyes 26.685, 27446, ley 14.238 Pcia. Bs.As. DTR 6/2017 RPI Pcia. Bs.As. Resol. 2135/18 Suprema Corte de Justicia de Buenos Aires- Acreditación de partidas de los registros de las personas digitales. Cambio de paradigmas: de recibir el documento a ir a buscarlo al sitio web. Modo de verificación de los documentos electrónicos y con firma digital. Acceso a sitios públicos en general o con previa autenticación asimétrica del notario. Adhesión a cada organismo y las plataformas GEDO y GDEBA

MÓDULO IV

EL FOLIO DIGITAL NOTARIAL Y EL PROTOCOLO ELECTRÓNICO

El folio digital notarial: concepto de folio y archivo digital. Reglamentación del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad de Buenos Aires. Fundamento legal. Aplicación de la firma digital del notario y la firma de proceso o certificado de validación por el Colegio de Escribanos: acreditación de competencia materia y temporal. La cuestión de la legalización del documento público notarial: distinción entre seguridad informática y jurídica, la somera intervención del ojo humano en las nulidades manifiestas y ostensibles y la violación del orden público. Plataforma notarial de documentación digital como medio de relación y gestión de la actividad en el futuro y su inserción en las plataformas de una sociedad digitalizada. El notario como intermediario entre la vida real y la virtual, su nuevo rol como agente para permitir el acceso de los ciudadanos a las plataformas virtuales establecidas por el Estado. El futuro de un protocolo electrónico: experiencia del notariado francés y proyectos en los notariados europeos. Doctrina actual en la República Argentina.

GUARDA DE LOS DOCUMENTOS NOTARIALES Y LA DIGITALIZIACIÓN DE LOS ARCHIVO DE PROTOTOCOLOS

Deber funcional de guarda del notario y el Archivo de Protocolos de las matrices en papel. El lugar de guarda y los servicios de “host” en la nube. Conservación en archivos digitales: cuestión de la firma y autoría del acto jurídico documentado. La utilidad del archivo digital. Expedición de copias en soportes papel y electrónico por el Jefe de Archivo. Inserción de notas en los archivos. Solicitudes electrónicas o digitales. Acreditación de recaudos reglamentarios en soporte digitales para expedición de copias. Requisitos de los reglamentos del Archivo de Protocolos de Provincia de Buenos Aires y Capital Federal.

MÓDULO V

EXPEDICIÓN DE TESTIMONIOS DE ESCRITRURAS PÚBLICAS Y CERTIFICADOS NOTARIALES EN SOPORTE ELECTRÓNICO CON APLICIÓN DE FIRMA DIGITAL

El testimonio digital de la escritura pública de poderes otorgados por SAS: firma y modalidad: coexistencia con el expedido en soporte papel: carácter de primeras o ulteriores copias, equivalencia funcional: expedición de multiples primeras copia. Digitalización hecha por el notario o terceros de documentos en soporte tradicional y la certificación del este documento electrónico por el notario con su firma digital. Certificación notarial de documentos electrónicos con firma digital del suscriptor, y la expedición de la certificación digital de la firma por notario. Posibilidad técnica de incorporar notas de relación (notificación, revocación, inscripción) y marginales en un documento electrónico sin alterar su debida verificación digital. Medios adecuados e impropios. La nota marginal y la escritura pública sin comparecientes. Diligencias y notificaciones electrónicas.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y RESPONSABILIDAD PENAL POR SU USO INDEBIDO

Derecho a la intimidad, protección de datos personales y sensibles y a la autodeterminación informativa. Derecho al acceso a la información. Habeas Data. Art. 43 CN, ley 25.326, Dec. 1558/201, Disp. 4/2007 y 10/2008 de la Dirección. Nacional de Protección de Datos Personales y sus modificaciones. Normas penales: arts. 117 bis y 157 bis Código Penal. Organismo de control. Exclusión de datos impuestos por la ley en documentos públicos (art. 305 CCyCN): innecesariedad de prevenciones escriturales. Delitos informáticos.

MÓDULO VI

ACTUACIONES POSTESCRITURARIAS DEL NOTARIO POR DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS

Eficacia de los documentos electrónicos remitidos a los organismos de recaudación tributaria o de registro cuando el notario está previamente registrado en ellos (AFIP, AGIP, Catastro, etc). Validez de firmas electrónicas y digitales. Liquidación on line, liberaciones, cambio de domicilio de partes. Información y carga de datos para tales organismos. Acreditaciones con constancias electrónicas (cumplimiento ITGB, sellos, certificados de bienes registrables). Inscripciones on line y minutas web ante el RPI. La inscripción on line de la SAS. Trámites a distancia (TAD) para otras sociedades en la IGJ. Inscripción de testamentos y en los registros especiales del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires. Registro de Fideicomisos.

EXPEDIENTES JUDICIALES ELECTRÓNICOS: PRESENTACIONES DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS Y CON FIRMA DIGITAL: VALOR PROBATORIO. PROTOCOLIZACIÓN DE ACTUACIONES.

Valor probatorio de correos electrónicos y otros medios de comunicación. Jurisprudencia. Presentaciones electrónicas y trámites digitales en la Justicia Nacional y Provincial. Actos de mero trámite. Intervención del notario. Subasta electrónica. Protocolización de actuaciones, sucesiones y testamentos. Intervención como perito.

MÓDULO VII

EL IMPACTO DEL MUNDO DIGITAL EN EL MUNDO ANALÓGICO

Recepción del mundo digital en la actividad notarial: sistemas latino-germánico y anglosajón. El fenómeno del blokchain y la seguridad. Criptomonedas y activos digitales (Icos, Bitcoins, Alticoins y tokens). Wallets o monederos. Contratos inteligentes. El pago por dinero bancario y su modo de acreditación: escritura de recibo y poderes en prevención de cumplimiento. Naturaleza del contrato de adquisición de inmuebles por entrega de criptomonedas: posibilidad, encuadre legal en el sistema jurídico argentino, constancias escriturales y labor del notario.

TOKENIZACIÓN, TÍTULOS VALORES, DE CRÉDITO Y CIRCULATORIOS DIGITALES

Concepto financiero de token. Relación con títulos valores, circulatorios y de crédito digitales de la ley 27.444. Libertad de creación en el Código Civil y Comercial de la Nación. Normativa societaria. Letras hipotecarias con aplicación de firma digital del notario y la problemática de su toma de razón por el registro de inmuebles. Representación de derechos personales y reales. Comparación con cuotas partes de fideicomisos, securitización, cesión de derechos y otros medios de transmisión. Comercialización privada sin control financiero ni de legalidad por el Estado (Bolsa de Valores).

MÓDULO VIII

EL DERECHO FORMULARIO ANTE LA AUTONOMIA DE VOLUNTAD Y LA  FUNCION CREADORA DEL DERECHO

El impacto del mundo digital y el riesgo de la vuelta del derecho formulario. La intervención del notario en su labor asesora y de control de legalidad para asegurar la intención real de la voluntad de las personas, y su importancia en la función creadora del derecho. Prospectivas. La actuación presencial del interviniente o requirente y la comparecencia separada en el mismo día (art. 301 CCyCN). Diferencia de identidad personal, digital e identidad virtual: prospectivas. Domicilio y residencias virtuales y digitales: los ciudadanos virtuales estonios y los actos otorgados por ellos a tener efecto en nuestra República. Los bienes digitales: propiedad y transmisión entre vivos y mortis causa. Registro de voluntades digitales. El derecho al olvido.

TITULOS VALORES DIGITALES

Títulos digitalizados y su equivalencia con los cartulares. Características  comunes y distintivas. Títulos relativos a la comercialización y garantía de desarrollos inmobiliarios. Crowdfunding. Intervención notarial en la certificación de firmas digitales en su creación y registro. Labor del colegio notarial. Ejecución y ejecutoridad del título digitalizado, la equivalencia al protesto. Notificación en domicilios electrónicos constituidos.

Pago total anticipado:
Hasta el 15/03/19 $ 17.000
Desde el 16/03/19 $ 19.000

Cheques de pago diferido
6 cheques de $ 3.400.-

Quienes abonen anticipadamente el curso mediante cheques de pago diferido abonarán seis cuotas de $ 3.400.- la primera con fecha 15/3/19 y las restantes el día 10 de los meses de abril a agosto.

Alumnos que se encuentren cursando carreras regulares en sedes permanentes: consultar aranceles especiales.

Importante: Los pagos descriptos no se reembolsarán bajo ningún concepto

1- Transferencia bancaria desde cualquier banco, cheque o tarjeta de débito en nuestras sedes.

2- Tarjeta de crédito en cuotas Mercadopagos. Consulte plan de cuotas y financiación según su banco https://www.mercadopago.com.ar/cuotas

Transferencia bancaria desde cualquier banco
Tarjeta de crédito o débito en nuestras sedes
Pagos con cheques diferidos
Abone con tarjeta mediante mercadopago

Consulte aquí la financiación según su tarjeta

50% DE REINTEGRO
para notarios bonaerenses
Ver condiciones

Quiero hacer una consulta

INFORMES:

Sede Ciudad de Buenos Aires, Guido 1841, T.E. +54 11 4804-7743

Sede La Plata, Av. 51 Nro. 435, T.E. +54 221 421-0552

E-mail consultas@universidadnotarial.edu.ar

Abrir chat
¿Necesitás ayuda?
Escanea el código
Soporte técnico UNA