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P2019

XX Congreso Nacional de Derecho Registral

“Dr. Jorge Horacio Alterini”
San Fernando del Valle de Catamarca
13 a 15 de Junio de 2019

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Libro de Ponencias
Conclusiones Carátula
Conclusiones Tema 1
Conclusiones Tema 2
Conclusiones Tema 3
Acta Premios

Derecho a voto

Les recordamos que conforme lo establece el art 7 del  Reglamento del Congreso, todos los participantes tendrán voz en las sesiones de trabajo. En cuanto al derecho a voto está reservado exclusivamente a las autoridades de la Comisión y a los participantes habilitados por la  Comisión de Poderes.
Los organismos e instituciones deben presentar en Secretaría del Congreso, con anterioridad al inicio del trabajo en comisiones, nota firmada por autoridad competente indicando quiénes son sus representantes y, para qué tema o temas se les ha conferido la representación. La Secretaría verificará que los representantes designados estén inscriptos y eleva la lista a la Comisión de Poderes que confeccionará la nómina de habilitados para votar.

Novedades

La secretaría del Congreso funcionará en San Fernando del Valle de Catamarca,

Miércoles 12 de junio de 18 a 20 horas: Colegio de Escribanos de Catamarca (Junín 438),

Jueves 13 de junio desde las 9 horas: Hotel Casino (Esquiú 151).

El acto de apertura está previsto para las 10 de la mañana del jueves 13 en la sede del Hotel Casino.

AUTORIDADES

COMISIÓN DE HONOR

IGNACIO JAVIER SALVUCCI
Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Buenos Aires

CRISTINA N. ARMELLA
Rectora de la U.N.A.

SEBASTIÁN E. SABENE
Director del Instituto de Derecho Registral de la UNA

SILVIA SUSANA BROCAL DE CASTILLO
Presidente del Colegio de Escribanos de la Provincia de Catamarca

MIGUEL ÁNGEL LUVERÁ
Presidente del Consejo Federal de Registros de la Propiedad Inmueble. 

JOSÉ ALEJANDRO AGUILAR
Presidente del Consejo Federal del Notariado Argentino

FERNANDO MONGUILLOT
Director del Registro de Propiedad Inmobiliaria y de Mandatos de Catamarca

COMISION EJECUTIVA

Ignacio Ezequiel ALTERINI

Adriana N. ABELLA

Jorge Raúl CAUSSE

Juan José GUARDIOLA

María Fernanda ROSALES ANDREOTTI

JURADO DE PREMIOS
María T. ACQUARONE
José María ORELLE

Néstor PÉREZ LOZANO

TEMARIO

COMISIÓN Nº 1:
REGISTRACIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES
Coordinador: Miguel Ángel LUVERÁ
Subcoordinadora: Joaquina CÓRDOBA GANDINI

Pautas tema 1Bibliografía

COMISIÓN Nº 2:
REGISTRACIÓN DE DERECHOS REALES DE DISFRUTE
Coordinadora: Eleonora CASABÉ
Subcoordinador: Jorge Alberto LATINO

Pautas tema 2Bibliografía

COMISIÓN Nº 3:
SOCIEDADES DE LA SECCIÓN 4ª DE LA LEY 19.550
Coordinadora: Pilar M. RODRÍGUEZ ACQUARONE
Subcoordinadora: Elda FERNÁNDEZ COSSINI

Pautas tema 3Bibliografía

MESA REDONDA SOBRE
REGISTRACIÓN DE BARRIOS POPULARES PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA INFORMALIDAD URBANA

Coordinadores: Cristina Noemí ARMELLA y Sebastián E. SABENE

REGLAMENTO

REGLAMENTO PREMIO

OBJETO

Artículo 1.- El Instituto de Derecho Registral, dependiente de la Universidad Notarial Argentina, convocará, organizará y patrocinará la realización de Congresos Nacionales de Derecho Registral con el fin de promover el estudio y perfeccionamiento de la problemática registral, en su aspecto teórico y técnico, abarcando las cuestiones referidas a los diferentes registros jurídicos.

PARTICIPANTES

Artículo 2.- Podrán participar en los mismos los representantes de los poderes públicos y organismos de todo tipo vinculados a la especialidad registral, facultades e institutos de derecho y ciencias sociales, colegios profesionales, entidades internacionales e investigadores, juristas y todo otro profesional o persona vinculada con los temas de análisis.

Serán especialmente invitados a participar los organismos registrales específicos como también toda otra entidad o estudioso de la especialidad, tanto del país como del extranjero.

REALIZACIÓN, LUGAR, FECHA Y TEMARIO

Artículo 3.- Cada congreso se efectuará en el lugar y fecha que determine el Instituto de Derecho Registral, tratando de que su realización ocurra en diferentes zonas del país.

El temario será establecido por el Instituto de Derecho Registral, sobre la base de las consultas que efectúe a las entidades y personas interesadas, y según las propuestas formuladas en los congresos precedentes.

El Instituto de Derecho Registral tendrá a su cargo la convocatoria, organización y coordinación de las tareas necesarias para facilitar la realización de los congresos. Para un mejor cumplimiento de esos fines podrá delegar total o parcialmente tareas en instituciones o personas con residencia en el lugar de su realización.

AUTORIDADES

Artículo 4.- Asumirán en el plenario de apertura las autoridades del Congreso oportunamente designadas por el Instituto de Derecho Registral, conforme la organización de cada uno. Ellas serán como mínimo un Presidente Ejecutivo, un Vicepresidente y dos Secretarios. Asimismo podrá conferir cargos honoríficos en consideración a los méritos relevantes de las personas propuestas.

La entidad organizadora elegirá con anterioridad una comisión de poderes, la cual tendrá a su cargo el análisis de la representación invocada por los congresistas.

INICIACIÓN Y COMISIONES

Artículo 5.- Constituidas las autoridades, se informará sobre los trabajos presentados y se resolverá acerca del procedimiento a seguir para el tratamiento del temario, el que podrá ser estudiado -en todo o en parte- en sesiones plenarias o por medio de comisiones.

Las sesiones podrán tener un desarrollo sólo expositivo o deliberativo. Se realizará una sesión plenaria de clausura para la exposición y aprobación final de los proyectos de declaraciones o recomendaciones elaborados en las sesiones de trabajo.

Las autoridades de las comisiones serán como mínimo un Presidente, Vicepresidente y Secretario. Los dos primeros surgirán de los coordinadores generales del tema a tratar y el último a propuesta de la entidad organizadora.

CARACTER DE LAS DELIBERACIONES

Artículo 6.- Dado el carácter doctrinario de las deliberaciones, las ponencias presentadas, en caso de contraposición, sólo serán sometidas a votación al efecto de determinar el mayor o menor número de delegados que las apoyen, sin que ello implique asignarles un más elevado valor jurídico o técnico.

VOZ Y VOTO

Artículo 7.-          1.- Todos los participantes tendrán voz en las sesiones de trabajo, teniendo derecho a voto exclusivamente el Presidente, el Vicepresidente y los participantes habilitados por la  Comisión de Poderes.

2.- Sólo tendrán derecho a voto los organismos e instituciones cuyos representantes acrediten tal carácter mediante nota firmada por autoridad competente del organismo o institución indicando, en su caso, para qué tema le ha sido conferida la representación. La nota  será presentada en la Secretaría del Congreso con anterioridad a la constitución de las comisiones. La Secretaría verificará la condición de inscripto del representante propuesto y elevará las actuaciones a la Comisión de Poderes que labrará acta dejando constancia de las representaciones reconocidas.

3.- Los participantes que ejerzan representación institucional sólo tendrán derecho a un voto, quedando inhabilitados para representar a más de una institución en cada tema.

4.- En los casos en que haya más de un representante por institución u organismo, estos deberán unificar su voto.

5.- En el plenario de clausura sólo expondrán los relatores, pudiendo los representantes de las Instituciones, delegados a los distintos temas que se traten, solicitar de los relatores determinadas aclaraciones.

6.- Las decisiones se aprobarán por simple mayoría, excepto las de orden, preferencia o reconsideración que requerirán dos tercios de votos. La presidencia tendrá doble voto en caso de empate.

MOCIONES

Artículo 8.- Toda proposición realizada por un asistente con derecho a voto es una moción. Las habrá de orden, preferencia y de reconsideración.

  1. a) Las mociones de orden serán previas a todo otro asunto y puestas a votación por el Presidente sin discusión. Podrán referirse a:

1.-  Levantar la sesión;
2.- Pasar a cuarto intermedio;
3.- Declarar cerrado el debate;
4.- Declarar libre el debate;
5.- Que el orador se ajuste al temario;
6.- Que un asunto vuelva a comisión o pase a otra.

  1. b) Será moción de preferencia toda proposición que tenga por objeto anticipar la consideración de un asunto que figure en el temario.
  2. c) Será moción de reconsideración la que tenga por fin rever una resolución aprobada en general o en particular.

DEBATES

Artículo 9.- 1.- El Presidente o director de debates dirigirá las deliberaciones en la forma más conveniente y hará guardar el orden, concediendo la palabra con preferencia al que no hubiese hecho uso de ella, evitando en lo posible que las discusiones se aparten de la cuestión.

2.- Si dos o más asistentes pidieran al mismo tiempo la palabra, le será concedida en primer término al que invista representación de una institución con derecho a voto y si revistieren el mismo carácter, al que se proponga hablar en contra del preopinante o no lo haya hecho anteriormente.

3.- Todo proyecto o ponencia se tratará en general y en particular.

PLENARIO DE CLAUSURA

Artículo 10.- En la sesión plenaria de cierre del congreso, se adoptará el siguiente procedimiento:

1ro. Despacho único: sólo podrán realizarse ajustes formales.

2do. Despacho múltiple: la votación, en su caso, se limitará a las ponencias elaboradas en comisión, pudiendo sólo alterarse las mismas en su aspecto formal.

Los relatores harán exposiciones no mayores de treinta minutos por cada comisión, salvo que se resuelva prorrogar el plazo o declarar libre el debate. Los demás asistentes podrán exponer el tiempo que autorice el Congreso.

No se votarán los temas que se declaren de carácter doctrinario.

CUESTIONES NO PREVISTAS

Artículo 11.- Todas las cuestiones que se susciten durante el Congreso y que no estén previstas por este Reglamento, serán resueltas por las autoridades del Congreso en pleno.

RECURSOS

Artículo 12.- Los congresos se financiarán con las cuotas de asistencia que abonen las instituciones y personas concurrentes y demás recursos que obtenga o provea la entidad organizadora.

APORTES Y RESOLUCIONES

Artículo 13.– La presentación de trabajos, estudios y ponencias implicará la cesión de sus derechos de autor al Instituto de Derecho Registral. Las autoridades del Instituto arbitrarán los medios necesarios para la publicación, por los medios que estime idóneos, de los aportes recibidos y aprobados. Es condición de publicación que al momento de cierre del plazo de presentación al menos uno de los autores esté inscripto en el Congreso.

Todas las ponencias aprobadas, trabajos presentados y demás documentación deberán ser remitidos por las autoridades del Congreso al Instituto de Derecho Registral, en el plazo de treinta días de concluido.

Compete asimismo al Instituto de Derecho Registral difundir y ejecutar las resoluciones adoptadas.

Artículo 1. El Premio XX Congreso Nacional de Derecho Registral será otorgado a los autores del mejor trabajo atinente a cualquiera de los temas a tratar durante el Congreso. Para poder acceder al Premio, los autores deberán estar inscriptos en el Congreso y presentes en sus deliberaciones. En el caso de los trabajos en coautoría, al menos uno de los responsables deberá cumplir las condiciones señaladas.

Artículo 2.  El Premio consistirá en un diploma alusivo y una beca consistente en la exención de pago del arancel para asistir al XXI Congreso Nacional de Derecho Registral que, organizado por el Instituto de Derecho Registral de la Universidad Notarial Argentina, se llevará a cabo en el año 2021.

Artículo 3.  El Premio se adjudicará por medio de un jurado compuesto por tres miembros de reconocidos antecedentes para el desempeño de esa función. Los integrantes del jurado serán designados por el Consejo Directivo de la Universidad Notarial Argentina. Al momento de constituirse el Jurado designará entre sus miembros un Presidente.

Artículo 4.  Si a juicio del jurado los trabajos carecen de las condiciones y méritos necesarios, podrá resolver la no adjudicación del Premio, declarándolo desierto.

Artículo 5.  Declarado o no desierto el Premio, el jurado podrá otorgar a su exclusivo criterio un Accesit al trabajo que considere acreedor a tal distinción. Dicha mención consistirá en un diploma alusivo.

Artículo 6.. Es privativo del jurado determinar las calificaciones y valoraciones y todo lo concerniente al discernimiento del Premio y del Accesit.

Artículo 7.  Si alguno de los miembros del jurado hubiera presentado trabajo al Congreso, el mismo no será tenido en cuenta a los efectos del discernimiento del premio.

Artículo 8.  El jurado deberá constituirse y pronunciar su fallo durante el período de sesiones del Congreso. Su decisión se dará a conocer en el plenario de Clausura.

Artículo 9.  Toda resolución del jurado se tomará por simple mayoría y será inapelable. Pronunciándose los integrantes en sentido distinto, o en caso de empate, el voto del Presidente será decisivo.

CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES

NOTA: El cronograma anunciado podrá sufrir alteraciones.

Miércoles 12

18.00 a 20.00 hs.    Inscripciones, acreditaciones, entrega de material.

Colegio de Escribanos de Catamarca, Núñez del Prado 337, San Fernando del Valle de Catamarca.

Jueves 13

09.00 a 10.00 hs.    Inscripciones, acreditaciones, entrega de material.

10.00 a 10.45 hs.     Acto de apertura

10.45 a 11.00 hs.     Coffee break

11.00 a 13.30 hs.     Reunión de Trabajo

13.30 a 15.00 hs.     Copa de bienvenida

15.00 a 17.00 hs.     Reunión de trabajo

17.00 a 17.30 hs.     Coffee break

17.30 a 19.30 hs.     Reunión de trabajo

Viernes 14

09.00 a 11.00 hs.    Reunión de trabajo

11.00 a 11.30 hs.     Coffee break

11.30 a 13.30 hs.     Reunión de trabajo

13.30 a 15.00 hs.     Almuerzo libre

15.00 a 17.30 hs.     Redacción de conclusiones y puesta en común de las conclusiones en el seno de cada Comisión

17.30 a 18.00 hs.     Coffee break

18.00 a 20.30 hs.     MESA REDONDA SOBRE REGISTRACIÓN DE BARRIOS POPULARES PARA LA REGULARIZACIÓN DE LA INFORMALIDAD URBANA
COORDINADORES:
Cristina ARMELLA y Sebastián SABENE
INTEGRANTES: Lorena BAIGORRI, Norberto FRICKX, Fernando MONGUILLOT, Fernando SAÉNZ y Luciano SCATOLINI

21.30 hs.     Cena de despedida

Sábado 15

09.30 a 11.00 hs.    Plenario de Clausura XX CNDR

Presentación del libro Derecho Registral. Una perspectiva multidisciplinaria. Volumen 2.

Conclusiones

Entrega de Premios XX CNDR

PAUTAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PONENCIAS

FECHA: Hasta el 15 de mayo de 2019. Los trabajos que ingresen con posterioridad, no serán incluidos en la publicación ni considerados por el Jurado de Premios, quedando a juicio de las autoridades del congreso su tratamiento.

CANTIDAD DE PÁGINAS:
Máximo diecisiete (17), incluyendo la carátula y conclusiones.

CARÁTULA:
Indicando denominación del congreso, tema al que corresponde la ponencia, título de la ponencia  y autor(es).

RECOMENDACIONES:
Para garantizar una adecuada calidad en la duplicación de trabajos presentados y uniformidad en la impresión del conjunto de ponencias, se RECOMIENDA su remisión vía correo electrónico en archivo adjunto procesado con Word de Microsoft, tipo fuente Times New Roman, tamaño 12 puntos, formato de papel A4, margen superior 4 cm., inferior 2 cm, izquierdo 4,5 cm, derecho 1,5 cm., interlineado sencillo.

ENVÍO DE PONENCIAS

Le recordamos que el envío de ponencias es hasta el 15 de Mayo de 2019. Los trabajos que ingresen con posterioridad, no serán incluidos en la publicación ni considerados por el Jurado de Premios, quedando a juicio de las autoridades del congreso su tratamiento.

Las ponencias deberán ser remitidas a este email: secretaria@unav.edu.ar

CONCLUSIONES:
Extensión máxima una página.

SEDE DEL CONGRESO

HOTELERÍA

Todas las tarifas incluyen impuestos. A fin de la aplicación de las tarifas informadas, al formalizar la reserva es imprescindible citar el Congreso.

Hotel Casino Catamarca
****

Habitación Doble Estudio $2036
Habitación Doble Clásica $2367
Habitación Triple Clásica $2937
Habitación Cuádruple $3765

-Desayuno
-Cochera descubierta (a disponibilidad con vigilancia 24 hs)
-Piscina externa
-Gimnasio
-Spa
-Wifi

Esquiú 151, esq. Ayacucho
+54-383-4432928
gerenciaoperativa@hotelcasinocatamarca.com
www.hotelcasinocatamarca.com

Hotel H1
***

(Departamento concept)

Precio en base single $1260
Precio en base doble $1730
Precio en base triple $2180

-Desayuno
-Caja de seguridad
-Wifi
-Información turística
-Servicio de limpieza
-Recepción 24 hs
-Cochera descubierta, capacidad limitada.
-Caja fuerte
-Secador de pelo
-TV
-Zona de cocina

Rivadavia 381
+54-383- 4454459
reservas@h1catamarca.com.ar
www.h1catamarca.com.ar

Grand Hotel
***

Habitación Single $1450
Habitación  Doble $1800
Habitación Triple $ 2100

Depto 4 pax $3100
Depto 5 pax $3300

-Desayuno
-Wifi
-Aire acondicionado
-Cochera sujeta a disponibilidad

Camilo Melet 41
+54-383-4426715
grandhotel@arnetbiz.com.ar
www.grandhotelcatamarca.com.ar

Apart Hotel La Alameda
***

Habitación Single $1250
Habitación Doble $1650
Habitación Triple $2100
Habitación Cuadruple $2600

-Desayuno
-Wifi
-Aire acondicionado
-Tv cable
-Bar
-Cochera según disponibilidad

San Martín 41
+54-383-4745862
alojarmultisevicios.srl@hotmail.com
Facebook: La Alameda Apart Hotel

Amérian Catamarca
Park Hotel
****

Single o doble $2276
Single o doble superior $2617

-Desayuno buffet americano.
-Piscina (de temporada) gimnasio y sauna.
-Cochera (sujeta a disponibilidad).
-Wifi

República 347
+54-383- 4425444
reservascat@amerian.com
glopez@amerian.com
www.amerian.com

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INFORMES:

Sede Ciudad de Buenos Aires, Guido 1841, T.E. +54 11 4804-7743

Sede La Plata, Av. 51 Nro. 435, T.E. +54 221 421-0552

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